MODELOS INDUSTRIALES

DURACIÓN:

Cinco años a partir del día de presentación de la solicitud, renovable dos veces por el mismo período. Las solicitudes de renovación deben presentarse dentro de los nueve a tres meses previos al vencimiento.

NOVEDAD:

No haber sido publicados o explotados dentro del país o en el extranjero.

SOLICITANTE:

El autor o su sucesor legal.

DOCUMENTACIÓN NECESARIA:

Poder notarial extendido por el solicitante debidamente legalizado por el Consulado Argentino o provisto de la Apostilla según la Convención de La Haya.
Especificación en español o traducida al español.
Dibujos en cuatro copias, tamaño 297 mm. x 210 mm.
En caso de reinvindicar prioridad, copia certificada de la solicitud extranjera básica.

Documentos de Poder. Descargar

EXÁMEN:

Sólo en cuanto a forma.

TASAS:

Deben abonarse en el momento de la presentación.

LEGISLACIÓN:

Decreto-Ley 6,673/63 (Ley 16.487) de fecha 9 de agosto 1963.

CONVENCIONES:

Convención de París (Rev. de Lisboa, secc. 1-12 y Estocolmo, secc. 13-30).

Convención de La Haya de 1961 que deja sin efecto la legalización consular de documentos provenientes del extranjero.

GATT TRIPS de aplicación obligatoria en Argentina de acuerdo a la Ley Nº 24.425.